El Sistema Arbitral de Consumo es una vía extrajudicial, rápida, eficaz y económica que permite resolver fácilmente los desacuerdos que puedan surgir entre dos protagonistas del consumo: el comprador o usuario y el vendedor o prestador de servicios. La regulación básica del Sistema Arbitral de Consumo se contiene en los artículos 57 y 58 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y Real Decreto 231/2008, de 15 de marzo por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo El sistema Arbitral de Consumo permite a las dos partes resolver controversias sin gastos, con rapidez y sin necesidad de acudir a los Tribunales de Justicia. Intervienen dos tipos de órganos, uno encargado de la administración del arbitraje que son las Juntas Arbitrales, y otros que son los órganos arbitrales que son quienes conocen de la controversia concreta y emiten el laudo. Éstos son designados para cada caso concreto. El Ayuntamiento de San Fernando tiene al servicio de los consumidores y usuario y de los empresarios la Junta Arbitral de Consumo desde el año 1998.